12 de junio de 2020
Ordenanza sobre cestos de residuos domiciliarios en Santa Rosa
Trata de evitar la acumulación de basura en zonas urbanas y en descampados, con el fin de preservar la salud de los santarrosinos.
Los concejales del Departamento de Santa Rosa: Matías Abraham, Javier Bassín, Rosa Abraham y Fabricio Martínez, impulsaron la creación del proyecto de ordenanza “sobre la implementación de cestos de residuos domiciliarios”, un método que apunta a organizar la recolección, y de esa forma evitar la creación de basurales clandestinos, que son tan perjudiciales para la salud. Esta iniciativa se suma a los programas existentes de reciclajes, reducción y tratamiento de residuos.
Es importante sumar al vecino y darle un enfoque participativo a esta campaña responsable, que trata de evitar la acumulación de basura en zonas urbanas y en descampados, con el fin de preservar la salud de los santarrosinos.
Aquí te dejamos el proyecto
VISTO:
La necesidad de contar con un ambiente sano, saludable, apto para el desarrollo y la calidad de vida de sus habitantes, estableciendo orden y limpieza en el departamento de Santa Rosa a lo largo y ancho del mismo.
CONSIDERANDO:
Que los residuos domiciliarios representan en la actualidad un problema global de difícil solución a corto y mediano plazo.
Que nuestra localidad, debido al crecimiento que de los últimos años, ha incrementado notablemente la cantidad de residuos sólidos domiciliarios lo que se ve reflejado en la cantidad de residuos que diariamente recoge el Municipio en todo nuestro Departamento.
Que del recorrido diario se desprende, como en todas las Localidades y Distritos, es común la problemática respecto a los innumerables inconvenientes, debido a la actitud de muchos vecinos que, sin contar con cestos de residuos adecuados en sus domicilios, dejan los mismos sin los resguardos necesarios para evitar que los animales sueltos los puedan desparramar en la vía pública.
Que esta situación ha sido reiteradamente denunciada por los vecinos que se ven perjudicados por esas situaciones y actitudes desaprensivas, ya que los residuos en la vía pública producen suciedad, afectación del eco sistema y pueden generar, en el peor de los casos, enfermedades.
Que siendo el resguardo de la salud pública una de las obligaciones que nuestra Constitución le impone a los municipios, es deber de las autoridades municipales, en uso de la facultad de Poder de Policía que gozan las administraciones municipales, imponer la obligación de la colocación de Cestos de Residuos en todas las viviendas del departamento a los fines de evitar que esta desagradable e irresponsable situación continúe.
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE SANTA ROSA
ORDENA:
Ø Art. 1ª.- Art. 2°.- DISPONGASE la obligatoriedad de colocar en la vereda de todas las viviendas, negocios y todo tipo de construcciones dentro del Departamento de Santa Rosa, a partir del primer día del mes de mayo de 2020 los Cestos de Residuos domiciliarios y por los motivos expuestos en el considerando.
Ø Art. 2°.- Autorizar al DEM (departamento ejecutivo municipal) a vender a los vecinos que lo requieran los cestos de residuos domiciliarios en la suma de Pesos quinientos 500 UTM, listo para instalar por cuenta y cargo del contribuyente, el que se podrá abonar hasta en tres (3) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, incorporado en aporte municipal.
Ø Art. 3°.- FACULTASE al D.E.M. a determinar las medidas, altura y ubicación que los Cestos de Residuos domiciliarios deberán tener, a los fines de evitar que los residuos puedan ser alcanzados por los animales sueltos que pudieran encontrarse en la vía pública, los mismos deberán estar separados del cerco con la línea municipal y deben contar con sostén propio fijado al piso (no estén apoyados en árboles ni pilares de luz).
Ø Art. 4°.- ESTABLÉCESE como fecha límite para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero de la presente Ordenanza el último día hábil del mes de Noviembre del corriente año. Una vez vencido el plazo indicado anteriormente la Municipalidad procederá a efectuar un recorrido de inspección en todo el departamento, procediendo a labrar las Actas que fueren necesarias, EMPLAZANDO en ese Acto administrativo al o los infractores para que, en el término de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha indicada en la respectiva Acta, procedan a dar cumplimiento con lo dispuesto en la presente ordenanza.
Ø Art.5°.- FIJASE una, multa a imponer a todos aquellos propietarios, arrendatarios, usufructuarios o simple tenedores de viviendas y/o cualquier edificación en el departamento que, una vez emplazados tal como se menciona en el artículo 5°, continúan en infracción pasado el tiempo estipulado para la colocación de Cestos de Residuos. En este caso, sin perjuicio del cobro de la multa a aplicar, se le emplazará nuevamente para que procedan en un último plazo de tres (15) días corridos a colocar el Cesto de Residuos correspondiente en el inmueble. Si vencido este plazo continúan en infracción, la municipalidad procederá a colocar los Cestos de Residuos, debiendo, en este caso, afrontar el infractor los gastos que ello demande, tanto de colocación como del Cesto colocado, intimándolo a cancelar dichos importes en un plazo perentorio de diez (10) días hábiles. Vencido dicho término, los importes resultantes de la aplicación y cumplimiento de la presente ordenanza no abonados serán cargados a la deuda que por Tasas por Servicio a la Propiedad graven dicho inmueble.
Ø Art. 6°.- DISPONER dar la más amplia difusión al contenido de la presente Ordenanza, a los efectos que tomen conocimiento de su alcance todas aquellas personas, físicas o jurídicas que pudieran ser alcanzadas por la misma.-
Ø Art. 7°.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro de la Municipalidad y archívese.- Dada en la Sala del Concejo Deliberante de del Departamento de santa Rosa Mendoza en Sesión ordinaria de fecha Santa Rosa, Mza. Mayo de 2020.-